REDACCIÓN | El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la jurisprudencia española que limita el plazo para reclamar los gastos hipotecarios es contraria al Derecho comunitario, ya que cuenta el periodo de prescripción a partir del pago de los mismos sin considerar si el usuario conoce sus derechos y tiene tiempo para recurrir.
La sentencia abre así la puerta a ampliar los plazos de prescripción para que los clientes soliciten a los bancos la devolución de estos gastos cuando la cláusula sea abusiva puesto que, según la corte, el consumidor debe poder conocer sus derechos antes de que el plazo empiece a correr o expire y tener tiempo material suficiente para presentar un recurso.
El TJUE se pronunció así preguntado por la Audiencia Provincial de Barcelona sobre cuatro casos en los que usuarios reclamaron a Caixabank, BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell el reembolso de los gastos de notario, registro y gestión de una hipoteca por considerar que la cláusula que les obligó a pagarlos era abusiva y, por tanto, nula. Leer más