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José Manuel López García
Economí­a

TELETRABAJO

La muerte de una teletrabajadora en casa no es accidente laboral sin prueba de que trabajaba

27-05-2024 17:33:29
Realizando teletrabajo.

REDACCIÓN | El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado que la muerte por infarto de una teletrabajadora que realizaba sus funciones desde casa y que falleció en su domicilio sea accidente laboral, al no poderse discernir si se encontraba o no efectivamente trabajando en el momento del deceso. 

En una sentencia fechada el pasado 27 de marzo a la que ha tenido este lunes acceso EFE, el TSJM ha estimado el recurso de Fremap contra un fallo del juzgado de lo social número 33 de Madrid. 

Los hechos se remontan al 21 de febrero de 2022, cuando la trabajadora, contratada por Accenture para dar atención telefónica a Fremap mediante la modalidad de teletrabajo desde su domicilio los lunes, miércoles y viernes, falleció de un infarto de miocardio, por lo que el fallecimiento fue catalogado como muerte natural. 

Su pareja de hecho pidió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la prestación por muerte y supervivencia, a lo que el organismo se negó alegando que al ser accidente laboral el pago correspondía a Fremap, como así acordó el juzgado de lo social. Leer más





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