El Confidencial
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José Manuel López García
Sociedad

El Ayuntamiento de A Coruña perseguirá el "botellón" en las zonas que declare de especial protección por la noche

03-06-2008

El gobierno local de A Coruña intentará evitar el botellón prohibiendo e impidiendo la concentración de personas en las zonas que se declaren de especial protección. Esta es una de las medidas contenidas en el proyecto de ordenanza para regular la convivencia y el ocio en los espacios públicos, que han presentado las concejalas de las áreas de Igualdade e Participación y Medio Ambiente, Margarida Vázquez y Nieves Vázquez. El texto normativo, que aborda los problemas derivados del denominado fenómeno del ?botellón? y recoge sugerencias aportadas por vecinos y otros colectivos sociales y empresariales, será llevado al próximo pleno municipal para su aprobación definitiva. La ordenanza tiene por objeto regular el uso de los espacios públicos por los vecinos, evitando una utilización abusiva y excluyente que perturbe la normal convivencia ciudadana?, entendida como el derecho de las personas al descanso nocturno. Para lograrlo, el ayuntamiento ?prohíbe y, consecuentemente, impedirá, las concentraciones de personas en la vía pública que alteren la normal convivencia ciudadana, siempre que se lleven a cabo conductas que perturben el derecho de las personas al descanso nocturno, entre las 22.00 y las 08.00 horas?, según se recoge en la ordenanza. En cuanto a las Zonas de Especial Protección, que serán debidamente señalizadas, la ordenanza establece que, por acuerdo de la junta de gobierno, el ayuntamiento podrá declararlas en aquellos casos en que las concentraciones reiteradas de personas en determinados lugares hayan producido una muy grave perturbación de la convivencia ciudadana. Para declarar una de estas zonas deberá producirse en ella un uso abusivo y reiterado en el tiempo, por lo que no se tendrán en cuenta las concentraciones de carácter ocasional. Asimismo, se evaluará el número de personas reunidas en dichos espacios públicos en relación a la densidad de viviendas y vecinos del lugar. Por último, se tendrá en consideración si existen informes municipales previos que indiquen la vulneración reiterada de los niveles sonoros permitidos en el interior de las viviendas, que se hayan producido actos vandálicos en la zona o se hayan realizado inversiones económicas por el Ayuntamiento para la devolución de ese espacio público a su uso común y general. Además, el ayuntamiento elaborará cada seis meses un informe de seguimiento de esta áreas para saber si se debe mantener o no la prohibición acordada. El incumplimiento de las órdenes y señalizaciones en estas zonas o a los requerimientos de las autoridades municipales se considerará infracción muy grave, que podrá ser castigada con multa de hasta 3.000 euros. También tendrán esa tipificación las infracciones que afecten de manera grave, inmediata y directa, a la tranquilidad de otras personas y al normal desarrollo de cualquier actividad, los actos vandálicos contra el mobiliario urbano o impedir el funcionamiento de un servicio público o su uso por parte de las personas que tienen derecho a él. La ordenanza establece la responsabilidad civil de los padres o tutores de los menores de edad por los daños y perjuicios que menores causen. En todo caso, el ayuntamiento les comunicará las infracciones cometidas por los menores a su cargo y podrá dar traslado de esa comunicación al órgano competente en menores de la Xunta.





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