La Dirección Xeral de Función Pública ha abierto un expediente sobre Agustín Hernández, diputado electo del PP, porque presuntamente ha cometido una "infracción grave" de la Ley de Incompatibilidades del año 1996, que podría llevar aparejada una "inhabilitación para exercer cargo público" durante un periodo de tres años. El presidente de la Xunta en funciones, Emilio Pérez Touriño, admitió la existencia de este expediente y reprochó al próximo dirigente autonómico, Alberto Núñez Feijóo, que "avalíe positivamente" ciertas conductas como la efectuada por Hernández. Argumento, al respecto, que el 29 de julio de 2005 -fecha que según Touriño es equivalente a la próxima semana, cuando se producirá la investidura del nuevo presidente-, el consello de la Xunta adjudicó obras "propostas pola Dirección Xeral de Obras Públicas", al frente de la cual estaba Hernández.
Se da la circunstancia de que "o que agora acusa" al gobierno en funciones de efectuar adjudicaciones estando en funciones, no sólo hizo eso en su momento, sino que además, la beneficiaria de tales adjudicaciones fue "a empresa que o contratou" poco después, según el relato de Touriño. Este hecho, según el presidente en funciones, no deja lugar a dudas. "Estamos ante unha conducta de infracción e incumprimento da lei" de 1996 que recoge las incompatibilidades de miembros de la Xunta y altos cargos.
Según añadió, el texto legal de esa fecha "é taxativo". Aludiendo al artículo 3.5 de esta normativa, afirmó que esa ley establece que los dos años siguientes del cese, "os cargos non poderán realizar actividades privadas" vinculadas a su área de responsabilidad en el Gobierno.
En este sentido, y para intentar descartar la idea de que tal incompatibilidad fue añadida por el actual ejecutivo en funciones, lo que implicaría que en 2005 Hernández no infringió tal ley, Touriño explicó el contenido de los elementos añadidos a la normativa. Para un "mellor funcionamiento" de ésta, dijo, se estableció la obligatoriedad de "dirixir un escrito ao rexistro de actividades para dicir que van facer". "Se crea o rexistro", aseveró, para que cuando los altos cargos cesen, remitan allí una explicación de la actividad que desarrollarán al salir de la Administración pública.
RESOLUCIÓN
Basándose en la ley vigente, que contempla faltas muy graves, graves y leves, Touriño afirma que el caso que ha motivado la apertura de un expediente se enmarca en las faltas graves, pues las muy graves implican la presencia de un dolo a la Administración pública.
En estos momentos, está pendiente la resolución del expediente que estudia esta "conducta" que, a juicio de Touriño, es "reprobable" desde los puntos de vista "ético, político e posiblemente xurídico", dado que genera una "grave confusión entre o público e o privado".
Precisamente, afirma que el primer objetivo de la ley, ya en 1996, era "delimitar o público e o privado". Ahora, queda por determinar si resuelve el expediente la Dirección Xeral de Función Pública de este gobierno en funciones, o si lo hace la del próximo ejecutivo del PP.