España no solicitó ayudas del Fondo Europeo de Solidaridad para paliar los destrozos que ocasionó el temporal “Klaus” en Galicia y en otras comunidades autónomas del norte del país, a finales del pasado mes de enero. Así lo confirmó el portavoz de Política Regional de la Comisión Europea, Dennis Abbott, quien recordó que España disponía de un plazo de diez semanas desde que se produjeron los primeros daños para pedir los fondos.
El plazo expiró el pasado 4 de abril sin que las autoridades españolas dirigiesen ninguna petición formal al Ejecutivo comunitario, según explicó el propio Abbott, quién confirmó que en el mes de febrero se produjeron conversaciones con el Gobierno español pero, finalmente, no fue presentada ninguna solicitud. Según fuentes diplomáticas españolas, la razón de que no se pidieran esas ayudas es porque España no cumplía con las condiciones impuestas por el Fondo Europeo de Solidaridad para poder tener derecho a ellas, al no haber sufrido “daños irreparables en el tejido productivo”.
El ciclón bautizado con el nombre de “Klaus” causó la muerte en España a once personas y afectó a prácticamente a toda Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco y Cataluña, con rachas de viento que alcanzaron los 200 quilómetros por hora y lluvias torrenciales.
110 MILLONES PARA FRANCIA
“Klaus” también sacudió buena parte del suroeste francés, ocasionando doce muertos, 400 heridos e importantes daños materiales. Francia sí pidió ayudas a Bruselas y hoy la Comisión Europea confirmó que le concederá 109,4 millones de euros para paliar los destrozos que el temporal ocasionó en su territorio.
Las autoridades francesas presentaron su solicitud de ayudas el pasado 2 de abril, adjuntando la correspondiente evaluación de daños directos que, según sus cálculos, ascendían a 3.800 millones de euros, una cifra superior al umbral de 3.000 millones que dan derecho a percibir estos apoyos.
El Fondo Europeo de Solidaridad nació en el año 2002 tras las graves inundaciones que sufrieron Alemania, Austria, la República Checa y Francia. Su función es ofrecer de manera “rápida, eficaz y flexible” su solidaridad a la población de un Estado miembro víctima de una catástrofe natural, cuando se produzcan “repercusiones graves en las condiciones de vida, el medio natural o la economía de una o varias regiones de un Estado miembro” o un país candidato a la adhesión.