La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un cirujano plástico de Vigo a indemnizar a una paciente de 33 años con 10.314 euros, más los intereses desde la fecha de la demanada, cursada en 2006, por los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de las secuelas generadas por una operación de aumento de pecho fallida.
Según explica en un comunicado de prensa la Asociación del Defensor del Paciente, el tribunal entiende que el facultativo, cuya identidad responde a las iniciales A.L.P. y que trabaja en la Clínica F, no informó "adecuadamente" a la enferma de las complicaciones que podrían producirse, así como tampoco de la imposibilidad para dar de mamar a un hijo. La sentencia recoge los argumentos del abogado de la víctima, Cipriano Castreje, indicando que la información que se facilita a los enfermos debe ser "objetiva, veraz, completa y asequible", reflejando las "posibilidades de fracaso" de la intervención.
Las dos prótesis fueron colocadas en 1999. Unos años más tarde, en 2004, se produjo la rotura del implante de la mama izquierda, lo que hizo necesaria "unha segunda intervención cirurxica". Al parecer, las prótesis eran del modelo Sebbin LS 90, una marca que hace unos años generó gran polémica a raíz de una denuncia cursada por el Defensor del Paciente y un cirujano plástico contra Corporación Dermoestética, clínica que -supuestamente- implantaba prótesis de peor calidad en lugar de otras más caras y mejor valoradas, por las que pagaban las pacientes. Con el paso del tiempo se dieron casos en los que estas aplicaciones se encapsularon en el pecho de las mujeres intervenidas, rompiéndose el injerto.
La Audiencia Provincial constata que el documento de consentimiento informado facilitado por el facultativo "é un documento tipo, non personalizado e baleiro de todo contido específico" sobre las consecuencias de la operación.
Al parecer, el documento omite "flagrantemente" la descripción de la operación y de los beneficios, riesgos y contraindicaciones del proceso. El juez indica en su fallo que de la lectura del documento solo se extrae una explicación de lo que es una mastoplastia de aumento, sin poder enterarse "en absoluto" de los promenores "favorables e desfavorables" de este ácto médico, un silencio "inexplicable" para el magistrado. Además, indica que la finalidad del documento parece limitarse a un intento por "cubrirse as costas" ante futuras responsabilidades médicas, "o que xurídicamente é inaceptable", reza la sentencia.
"CONTRATO DE OBRA"
En base a la legislación vigente, el tribunal entiende que la cirugía estética lleva implícita la responsabilidad del médico, al entenderse que se trata de "un arrendamento de obra coa finalidade de obter un resultado" que, en este caso, resultó frustrado al romperse la prótesis.
Es por ello que al no existir información adecuada, el magistrado ha resuelto indemnizar a la mujer por los daños físicos y morales, teniendo en cuenta que tampoco se le informó de la imposibilidad de dar de mamar a sus hijos. Como consecuencia de los hechos, la mujer tuvo que someterse a otra intervención, lo que le derivó en un cuadro de de ansiedad y angustia.