La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 135 y 144 años de cárcel a
cinco de los siete miembros de los GRAPO acusados del atraco a un furgón en Vigo
(Pontevedra) en el que murieron dos vigilantes, hechos de los que ha absuelto al
ex dirigente Manuel Pérez Martínez, "camarada Arenas".
Silva Sande, Israel
Torralba, Marcos Martín Ponce y Mónica Refojos, han sido condenados a 135 años
de prisión por delitos de robo con intimidación, asesinato terrorista, lesiones,
estragos y tenencia de explosivos y han sido absueltos del de pertenencia a
organización terrorista por haber sido ya juzgados por ello.
Mientras, Esther
González ha recibido la pena mayor de 144 años de cárcel, acusada de los mismo
delitos que su compañeros además del de pertenencia.
La excepción de "cosa
juzgada" también se ha aplicado al séptimo acusado, José Luis Elipe López, que
ha quedado absuelto del delito de falsedad de documento de identidad.
Además,
los cinco "grapos" condenados deberán indemnizar a los familiares de los dos
fallecidos con 400.000 euros y no podrán aproximarse a su domicilio ni a la
ciudad de Vigo durante cinco años.
El tribunal considera probado que el
comando, bajo la dirección de Silva Sande, eligió como objetivo un furgón de
Prosegur blindado pero sin inhibidores que llevaba periódicamente fondos al
Banco de España en Pontevedra.
A lo largo de tres meses, prosigue el fallo
dictado por la sección tercera de la sala de lo penal, los acusados prepararon
el asalto desde un domicilio que Torralba había alquilado en Vigo, y decidieron
llevarlo a cabo el 8 de mayo de 2000.
Ese día colocaron tres cargas
explosivas en Vigo al paso del vehículo, que al explotar alcanzaron a éste y lo
inutilizaron, momento en el que los "grapos" abrieron fuego contra él por ambos
costados.
Los disparos mataron a los vigilantes Gonzalo Torres y Jesús Sobral
e hirieron a su compañero Manuel Espada, que al repeler el ataque terrorista
consiguió herir a uno de los terroristas, Marcos Martín Ponce.
Según la
sentencia, la participación de los cinco acusados "queda además acreditada" por
la presencia en el lugar de los hechos de diversas pruebas, como son la sangre
de Martín Ponce, las huellas dactilares de Refojos y la letra manuscrita de
Silva Sande sobre las tapas de cuatro bombas lapa abandonadas por el comando en
su huida.
La composición del mismo, continúa el tribunal, quedó acreditada
durante las pruebas testifical y documental y las declaraciones de los
coimputados realizadas durante la vista oral, que comenzó el pasado 18 de enero,
y en el que Martín Ponce acusó a Silva Sande de ser el responsable directo de la
muerte de los dos vigilantes.
Sin embargo, el tribunal considera que, pese a
que el "camarada Arenas" fue desde su fundación el secretario general del
Partido Comunista Reconstituido y que posteriormente "asumió la dirección" de
los GRAPO, uniendo así los brazos político y militar de la organización, "no
consta, en ningún momento", que los acusados "tuviesen contactos previos y
directos con él" antes del asalto.
Por ello, insiste en que "no consta
acreditado" que Pérez Martínez tuviese noticia del atraco al furgón en Vigo "más
allá del genérico conocimiento que podía tenerse de que tales furgones eran
objetivo de los GRAPO", lo cual "no se aprecia como bastante para hacer
extensiva a él" la responsabilidad penal por estos hechos.