El Tribunal Supremo ha estimado de forma parcial el recurso de casación interpuesto por los abogados del narcotraficante vilanovés Manuel Charlín Gama, jefe del clan de los Charlines, ordenando una nueva liquidación de las penas de cárcel que cumple al no haber contabilizado la Audiencia Nacional los casi de tres años y medio que pasó en prisión preventiva.
Concretamente, esta sentencia se refiere al tiempo que va desde julio de 2001 y noviembre de 2004, un período que Charlín Gama pasó cumpliendo al mismo tiempo una condena impuesta en 1999 de 20 años de prisión por el transporte de 600 kilos de cocaína desde Colombia hasta las costas gallegas, y la prisión preventiva a la espera de juicio por un nuevo delito de bienes procedentes del narcotráfico, por el que en 2007 fue finalmente condenado a trece años de cárcel.
El Alto Tribunal ordena una nueva liquidación de las penas que acumula, después de que Charlín Gama alegase que mientras estaba en prisión preventiva por la segunda de las causas se encontraba cumpliendo condena por la primera, y que este hecho "generó un real agravamiento en el cumplimiento al no ser clasificado, no obtener permisos de salida, no serle concedida la libertad condicional ni progresar a tercer grado penitenciario".
Los abogados del narcotraficante se ampararon el recurso en el artículo 58 del Código Penal que señala que "el tiempo de privación de libertad sufrido provisionalmente será abonado en su totalidad por el juez o tribunal sentenciador para el cumplimiento de la pena o penas impuestas en la causa en que dicha privación fue acordada".
Además, continúa asegurando que "el abono de prisión provisional en causa distinta de la que se decretó será acordado de oficio o a petición del penado y previa comprobación de que no ha sido abonada en otra causa, por el Juez de Vigilancia Penitenciaria de la jurisdicción de la que dependa el centro penitenciario en que se encuentre el penado, previa audiencia del ministerio fiscal y sólo procederá el abono de prisión provisional sufrida en otra causa cuando dicha medida cautelar sea posterior a los hechos delictivos que motivaron la pena a la que se pretende abonar".
En su sentencia, el Tribunal Supremo argumenta que "no existen dos causas, sino una sola, en la que las distintas penas impuestas se refunden fijando un límite máximo de cumplimiento efectivo de 30 años de prisión", por lo que esta reducción de casi tres años y medio de cárcel podría conllevar, dado el tiempo que Charlín lleva en prisión, que pudiera hacer uso de los beneficios penitenciarios, entre ellos la concesión de permisos de salida o incluso la posibilidad de solicitar la libertad condicional.