La nueva Ley de Tráfico que entra en vigor este martes, establece, entre
otras novedades, que si un conductor no paga una multa o presenta alegaciones en
el plazo de 30 días desde la notificación de la infracción, se iniciará el
procedimiento para el cobro de la sanción por la vía ejecutiva.
Este es uno
de los cambios del nuevo régimen sancionador que incrementa del 30 al 50 por
ciento el descuento por pronto-pago, siempre que se abone la multa antes de los
20 días.
En el caso de que se pague la multa en este plazo, se pone fin al
procedimiento administrativo y, si la sanción conlleva la pérdida de puntos del
carné, se detraerán al día siguiente.
En un comunicado, la DGT ha recordado
que los conductores que deseen acogerse a este descuento podrán pagar a través
de Internet en www.dgt.es en el apartado de trámites y multas: jefatura virtual;
en Oficinas de Correos y en cualquier sucursal del Banco Santander.
A través
de esta página, los ciudadanos pueden realizar todo tipo de gestiones sobre
trámites y multas, como identificar al conductor responsable de una infracción,
pagar una multa, presentar alegaciones en un procedimiento sancionador o
consultar su saldo de puntos.
De forma paralela, la DGT ha preparado un nuevo
boletín de denuncia en cuyo anverso aparecen todos los datos del conductor y la
infracción por la que ha sido denunciado, la cuantía económica y la posible
pérdida de puntos, así como las opciones a las que se puede acoger, en el caso
de que decida pagar o recurrir la multa.
El nuevo boletín de denuncia podrá
ser entregado en mano por el agente si se detiene al vehículo en el momento que
ha cometido la infracción o bien puede recibirse por correo postal o correo
electrónico, en el caso de que el ciudadano haya facilitado a Tráfico su
dirección electrónica.
Si la denuncia se entrega en el acto la Ley fija, como
novedad, que el boletín tenga la consideración de notificación a todos los
efectos legales, es decir, que el conductor infractor no recibirá ya ninguna
otra notificación por correo, momento a partir del cual el denunciado podrá
pagar o iniciar las alegaciones oportunas.
Además, los conductores
infractores que tengan cuatro o más sanciones graves o muy graves firmes sin
pagar, no podrán realizar ningún trámite relacionado con su vehículo, como
cambios de titular.