El Tribunal Constitucional podría levantar "en los próximos días" la suspensión de ocho de los once preceptos de la Ley de Cajas de Galicia recurridos por el Gobierno, según ha adelantado la Radio Galega, que cita fuentes del Alto Tribunal. Según esta información, el Tribunal no aprecia "indicios de inconstitucionalidad" en puntos como la renovación de los órganos de gobierno, la composición de la asamblea general o las limitaciones para tener más de un representante en el consejo de administración.
El Alto Tribunal autorizará la regulación del carácter constitutivo del registro de altos cargos, la composición de la asamblea general y los quorum requeridos para los acuerdos de fusión. Además, se aceptaría como constitucional la limitación para tener más de un representante en el consejo de administración, la preceptiva autorización de la Xunta de los presupuestos de la Obra Social y el sistema de renovación de los órganos de gobierno en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la ley.
CURRÁS
En respuesta a esta información, la conselleira de Hacienda, Marta Currás, afirmó que la Xunta "sigue pensando que no hay ningún defecto desde el punto de vista constitucional" en la Ley de Cajas de Ahorros gallega.
Según la conselleira, la mayoría de los tres artículos que todavía estarían suspendidos se refieren a asuntos que ya habían sido "transaccionados" en el seno de una comisión bilateral establecida entre el Gobierno central y la Xunta de Galicia.
Precisó que esos artículos se refieren uno de ellos a los casos relativos a la repartición de atribuciones entre el Gobierno central y la Xunta de Galicia en casos de déficit patrimonial y apuntó que "sólo hablamos de una diferencia de expresión en los relativo a la coordinación de competencias entre Estado y la Comunidad autónoma".
También apuntó que otro de los artículos recurridos y que aparentemente el Tribunal Constitucional habría decidido mantener en suspenso es el relativo al nombramiento de los integrantes de la asamblea general de la entidad bancaria y subrayó que la legislación aprobada "garantiza la profesionalidad".
Añadió que el texto aprobado por la Cámara gallega establece que los representantes "del Parlamento o las corporaciones locales debían tener conocimiento en materia económica, financiera o jurídica" y apuntó que "también estaba transaccionada con el Estado"."El resto de preceptos, entiendo que los más polémicos en su momento, tales como la mayoría o quórum requerido para las fusiones, la autorización de obra social por parte de la Consellería de Hacienda o el nombramiento de las entidades benéficas representadas, parece que no están" contestadas por el Tribunal Constitucional, comentó, aunque explicó que espera disponer de la decisión judicial.