El Defensor del Pueblo presentó ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña, aprobado en referéndum el pasado 18 de junio y en vigor desde el 9 de agosto. Según informaron fuentes del Defensor el recurso es "bastante amplio" y se refiere entre otras cuestiones a la definición de las competencias del Sindic de Greuges (el Defensor del Pueblo autonómico). También se incluyen en el recurso motivos relacionados con el régimen lingüístico, las relaciones bilaterales y la administración de Justicia, según las mismas fuentes. El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, tiene previsto informar este miércoles en una rueda de prensa de los aspectos concretos del recurso, presentado en el registro del TC. A través de una nota, el Defensor adelantó que la decisión de recurrir el Estatuto "ha sido tomada tras analizar el texto publicado en el BOE y teniendo en cuenta, como único y exclusivo criterio de actuación, el objetivo y la razón de ser de su función constitucional". Enrique Múgica ya advirtió en octubre de 2005, cuando el texto aún no había iniciado su tramitación en las Cortes, que llevaría el estatuto ante el TC si no se modificaba su redacción en lo relativo al Sindic de Greuges. El artículo 78.1 del nuevo estatuto señala que el Síndic "tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades reconocidos por la Constitución y el presente Estatuto". Añade que para ello "supervisa con carácter exclusivo la actividad de la Administración de la Generalidad", la de los organismos públicos o privados vinculados que dependen de la misma, la de las empresas privadas que gestionan servicios públicos y la de la Administración local de Cataluña y los organismos vinculados a ella. En una nota hecha pública el pasado mes de julio, el Defensor señalaba que esa norma recorta la efectividad de los derechos de los ciudadanos, catalanes o no, al impedir que prosperen las quejas formuladas ante el Defensor del Pueblo de España, si tales quejas afectan a la Administración de la Generalidad catalana, que habrían de ser supervisadas, en exclusiva, por el Sindic de Greuges.