El Confidencial
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José Manuel López García
Conchi Basilio
Cartas al Director

El Supremo falla que compete a la Audiencia Nacional investigar a integrantes de AMI y NOS-UP por su posible integración en una "organización terrorista"

15-11-2006

Un auto del Tribunal Supremo determina que las investigaciones judiciales efectuadas sobre integrantes de la Assembleia da Mocidade Independentista (AMI) son competencia de la Audiencia Nacional y no de los juzgados gallegos. Inicialmente, la inhibición del Juzgado de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional llevó el caso a manos de un juez de Santiago que, al requerir al Cuerpo Nacional de Policía las investigaciones efectuadas, comprobó que existían varios procesos abiertos, algunos de los cuales eran seguidos por el juzgado central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, por lo cual trasladó el caso al Tribunal Supremo para que determinase quién debía asumir la competencia del caso. Además, los individuos investigados pertenecían a AMI y NOS-UP, por lo que muchos de ellos coinciden en las diferentes diligencias abiertas, a los que se asocia con actos de sabotaje de tipo terrorista ocurridos en Galicia. Dadas las circunstancias, el Supremo consideró que es probable que estas personas "estén integradas en una organización terrorista", por lo que los diferentes hechos deben ser investigados conjuntamente por el organismo que tienen competencia en estos casos. Al tratarse de presuntos delitos de pertenencia a banda arma o colaboración con banda terrorista, el Tribunal acordó que las competencias recaerían sobre el Juzgado de Instrucción Central número 3 de la Audiencia Nacional. La operación castiñeira Algunos de los individuos investigados fueron detenidos en noviembre de 2005 en el marco de la operación "Castiñeira", efectuada por la Guardia Civil, que se saldó con 10 detenciones en Galicia de independentistas gallegos. Imputaban a los arrestados delitos de asociación ilícita, daños, alteración del orden público y apología del terrorismo, entre otras cuestiones, por lo que fueron trasladados a la Audiencia Nacional. El juzgado central se inhibió y pasó el asunto a los juzgados de instrucción gallegos, pues el fiscal consideró que los delitos imputables a los apresados no eran de terrorismo, que sí son competencia de la Audiencia Nacional, sino de asociación ilícita. Ahora, un auto del Tribunal Supremo lleva el asunto a otro juzgado de la Audiencia Nacional que ya estaba realizando investigaciones sobre algunas de las personas arrestadas en esta operación policial.





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