Economía
Los tres planes se ejecutarán en el marco del Plan de Recuperación do Polbo y estarán vigentes hasta 2009
18-12-2006
La Consellería de Pesca ha establecido un plan de explotación del pulpo en cada una de las tres zonas en las que se ha decidido dividir el litoral gallego para la ejecución del Plan de recuperación do Polbo. La medida adoptada por la Dirección Xeral de Recursos Mariños estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre de 2009, según se recoge en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
Los tres planes se distribuirán entre la costa noroeste, comprendida entre el sur del cabo Silleiro y desde Corrubedo al monte Campelo; las Rías Baixas, desde el norte del cabo Silleiro hasta Corrubedo y la costa cantábrica, desde el monte Campelo hasta el río Eo.
Los citados planes deben establecer límites concretos de su ámbito de aplicación y podrán una zona de transición para la coexistencia de las normas de los planes colindantes. En todo caso, se incide en que la captura de pulpo requerirá que el armador inscriba su embarcación en un plan zonal a través de una solicitud que deberá remitir a la Dirección Xeral de Recursos Mariños. En esta petición se hará constar el número de tripulantes con los que cuenta la embarcación. Además, se notificará cualquier cambio en el número de tripulantes enrolados.
La inscripción en un plan zonal determinado obligará a la embarcación a respetar la veda establecida en ese ámbito costero y determinará que la embarcación deba mantenerse en él durante al menos un año. De no solicitar un cambio, la embarcación obtendrá una prórroga automática por periodos iguales. Cada plan de zona ha de establecer para su ámbito de actuación un periodo de dos meses continuados de veda de pulpo que se hará efectiva entre abril y julio. Esta veda afectará a todas las embarcaciones incluidas en su ámbito geográfico.
Además se señala que el tamaño mínimo de captura nunca podrá ser inferior al kilogramo y que el tope máximo será de 40 kilos por embarcación y 40 kilos más por cada tripulante enrolado a bordo por día. Entre noviembre y abril el tamaño mínimo de captura será el que establece la Consellería de Pesca desde 1992 y el tope máximo de captura es de 200 kilos por embarcación y otros 200 más por cada tripulante enrolado a bordo y semana.
Los planes zonales regularán también los horarios de pesca y afectarán al reglamento de la actividad pesquera así como, al uso de artes y aparejos de pesca. La Consellería impulsará medidas específicas de vigilancia y control encaminadas a la mejora de la comercialización y de la gestión del recurso.
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