18-04-2008
La sección segunda de la Audiencia provincial de Ourense condenó a cinco años de prisión y a abonar una multa de seis euros diarios durante diez meses al presidente de la Fundación San Rosendo, Benigno Moure, al considerar probado que cometió un delito de apropiación indebida tras urdir y poner en marcha un plan para "hacer suyo el patrimonio" de una anciana, María Vázquez, internada en una residencia propiedad de esta fundación.
De acuerdo con la sentencia, en el juicio quedó probado que la anciana ingresada en el geriátrico Os Gozos (Pereiro de Aguiar, en Ourense) había sido incapacitada legalmente ya en noviembre de 2001 debido a que padecía trastornos cognitivos y de memoria. A partir de ahí, Moure habría puesto en marcha el plan para hacerse con su patrimonio, convencido de que la mujer carecía de herederos forzosos.
De este modo, realizó diversas transferencias bancarias de la cuenta de la anciana a la de la Fundación San Rosendo e incluso vendió su patrimonio (un piso en Carballiño y varias fincas). Al final, "al fallecimiento de María Vázquez todo su patrimonio estaba disipado", indica la sentencia, que obliga a Moure a reintegrar a los herederos (un sobrino de la fallecida) 573.673.38 euros, además de los intereses legales, si bien de este abono responderá de forma subsidiaria la Fundación San Rosendo.
También el notario
El notario que intervino en algunas escrituras de compra-venta, Alejo Catalayud Sempere, también es considerado culpable por los magistrados de un delito de falsificación por imprudencia grave de un documento público, por lo que imponen una pena de ocho meses de multa a razón de 15 euros diarios.
En el caso del notario, la sentencia considera que éste no realizó una "razonable comprobación del estado mental" de la supuesta vendedora (la anciana incapacitada), pues aún considerando que no es un especialista, en el caso que se trata "el deterioro cognoscitivo de María al tiempo del otorgamiento era clamoroso".
Las condenas de privación de libertad distan mucho de las demandas tanto por la acusación particular, promovida por el sobrino de la anciana y único heredero, César Vázquez Romero, como del fiscal. La Fiscalía solicitaba en su escrito de acusación un total de 14 años de prisión, suma de los delitos de apropiación indebida y estafa que consideraba probados en este caso.
Por su parte, la acusación particular demandaba entre 31 y 34 años de prisión para Moure, por los delitos de apropiación indebida, estafa y falsedad en documentos públicos y privados. Para el notario, demandaban una condena de 12 años de prisión por estafa y falsificación de documento público.
No obstante, la sentencia no condena por delitos de estafa, al considerar, en el caso de Benigno Moure, que hubo "un supuesto de continuidad delictiva, caracterizada por una pluralidad de acciones necesarias" que se configuran en la apropiación indebida. Así, y aún considerando que el proceder equivale a un delito continuado de estafa, el tribunal echa mano de la jurisprudencia y analiza la totalidad de las acciones como la expresión de una misma idea criminal, por lo que únicamente condena por apropiación indebida, al entender que existen casos en los que "distintos hechos penalmente tipificados han de ser considerados como integrantes de un hecho único".
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