08-09-2008
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a Ángel F.P., un vecino de Ponteareas (Pontevedra) que estaba acusado de aprovecharse del retraso mental de su sobrina de 27 años para abusar sexualmente de ella durante un espacio de tiempo de más de un año, al entender que no se ha podido poder probar en el juicio celebrado el pasado 15 de julio, que se produjesen dichos abusos.
Durante el juicio, el Ministerio Fiscal aseguraba que desde el año 2006 hasta julio de 2007, se habían sucedieron los episodios de abusos sexuales entre la víctima y el acusado, aprovechando la confianza que generaba en su sobrina con el fin de ganarse su voluntad, ?llegando incluso a decirle que le tenía un gran cariño y que pretendía casarse con ella, por lo que la víctima lo consideraba como novio suyo, aunque lo mantenía en secreto por temor a la reacción del resto de familiares?.
Sin embargo, el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia pontevedresa considera que a pesar de demostrarse que el acusado convivía con la víctima, ?no se acredita que el acusado para satisfacer sus deseos libidinosos? hubiese realizado ningún tipo de tocamientos sexuales a su sobrina, e indica en la sentencia que en casos como este en donde el testimonio de la víctima es fundamental, ?no existen signos incriminatorios suficientes y no por el retraso mental de la víctima ya que en todo momento comprendió las preguntas y contestaba con coherencia?.
La sentencia indica que tampoco la declaración de los testigos prueba que el acusado mantuviese relaciones sexuales con su sobrina, ya que se limitaron a asegurar que vieron Ángel F.P salir de la habitación de la presunta víctima, pero que ?no vieron nada especial?, mientras que en relación a la confesión de la joven a los peritos de que se había acostado con el acusado, no puede ser aceptada al haber comparecido la víctima en el juicio y no ratificarla.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Pontevedra decide absolver al acusado del delito de abuso sexual que se le imputaba, y por el que Fiscalía solicitaba inicialmente diez años de prisión, rebajados posteriormente a dos al no poder demostrar la existencia de relaciones sexuales ?completas ni forzadas?.
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