La Federación Galega de Municipios y Provincias (FEGAMP) da el visto bueno a la reforma de la Lei do Solo planteada por la Xunta, que propone modificar 42 de sus 237 artículos, al entender que los cambios propuestos responden a las demandas que el órgano municipalista viene presentando desde 2007.
Así, la Comisión Executiva de la FEGAMP acordó aprobar el informe favorable al Anteproyecto de Lei de Medidas Urxentes de Modificación da Lei 9/2002 de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Ruural de Galicia -conocida como Lei do Solo-. La Federación considera que la reforma facilitará la tramitación de los planes de urbanismo, otorga a los ayuntamientos mayor autonomía en la concesión de licencias y favorece el desarrollo urbanístico racional de los núcleos rurales. Además entiende que los concellos ganan protagonismo en los procesos de elaboración de sus instrumentos de ordenación.
Además, destaca que el municipalismo ha estado "implicado" en la redacción final del proyecto, una colaboración que se "fraguou" inicialmente en un reunión de trabajo mantenida por el presidente de la FEGAMP, Carlos Fernández, y el titular de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, contactos continuados posteriormente con el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas, Agustín Hernández. También los técnicos de la Federación mantuvieron reuniones con sus homólogos de la Consellería para analizar el anteproyecto de ley, tras lo que informaron favorablemente sobre el texto.
AVANCES
Desde la FEGAMP resaltan que las modificaciones previstas "permitirán avanzar nunha tramitación dos planeamentos máis racionais". Consideran que se "afonda" en la cooperación de los distintos departamentos autonómicos en los procesos de documentación e información, lo que "alixera" el proceso de redacción de los planes de ordenación urbanística.
Los representantes de los ayuntamientos gallegos también dicen valorar la "axilización" de las licencias urbanísticas en suelo rústico, al eliminarse la necesidad de autorización autonómica previa, y quedar en manos de los concellos. Además destacan que se retome la figura del plan especial de ordenación del núcleo rural, a los que se reservan funciones de apoyo y desarrollo del plan general similares a los PERI utilizados en suelo urbano, y para cuya aprobación serán competentes los concellos.