La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto a Juan Antonio M.C., un pontevedrés de 41 años, que estaba acusado de abusar sexualmente de una mujer, aquejada de esquizofrenia y con un retraso mental leve, durante al menos dos años de los cinco que duró la relación sentimental entre ellos, después de que no pudiera demostrarse que la forzara de alguna manera para mantener con ella relaciones sexuales.
Según recoge la sentencia, "no ha quedado acreditado" que la relación entre ambos sólo fuera consentida durante los tres primeros años y a raíz de un robo de dinero en su casa, que tanto la mujer como su madre atribuyeron a Juan Antonio M.C., la víctima dejara de consentir las relaciones sexuales entre ambos, "ni que ésta accediera a seguir con la relación por temor hacia el acusado ni que debido a su patología psíquica tuviera disminuida su capacidade de decisión y reacción ante una situación no requerida".
A pesar de que la mujer aseguró en el juicio que le tenía miedo "por su fortaleza física, de la violencia que había ejercido sobre ella o cuando le pegaba después de acostarse con ella", el Tribunal niega que haya sufrido abusos y se apoya en la declaración pericial que apunta que la víctima es consciente para poder consentir o no una relación sexual y que los hechos descritos en su declaración no hubiesen sido denunciados por nadie, teniendo en cuenta su patología y que según ella ocurrían en plena calle.
Por todo ello, y en cumplimiento del principio de presunción de inocencia, la Audiencia pontevedresa ha optado por absolver al acusado al que inicialmente se le pedía una pena de diez años de prisión, que se mantuviese la prohibición de acercarse a ella por espacio de 20 años, y que indemnizase a la víctima con 30.000 euros por los daños físicos y morales que le supuestamente le habían causado estas agresiones.