Después de meses de negociaciones, el Ministerio de Cultura da por terminada la
Orden Ministerial que desarrolla la Ley de Cine, en lo referente al régimen de
ayudas públicas, y envía a la Comisión Europea un texto que contenta a
productores, películas medianas y premia la discriminación positiva.
Esta
misma semana, la ministra Ángeles González-Sinde y el director general del ICAA,
Ignasi Guardans, cerraban más de seis meses de reuniones, durante las que todos
los sectores han aportado su grano de arena y que se encallaron por la protesta
de un grupo de cineastas independientes que se consideraban discriminados cuando
en un principio Cultura apostaba por las grandes producciones.
Cultura envía
ahora esta Orden a la Comisión Europea para solicitar la aprobación del régimen
de ayudas públicas, un requisito obligatorio. El texto será publicado en el BOE
en los próximos días y se aplicará a partir del año 2010. El dictamen de la
Comisión se conocerá en las próximas semanas.
En esta Orden se regulan
exclusivamente las ayudas públicas que tienen carácter centralizado y establece,
en primer lugar, lo que una empresa productora puede considerar coste a efectos
de poder recibir una ayuda pública, exigiendo como novedad que los largometrajes
vayan acompañados de una auditoría.
Regula las ayudas públicas destinadas a
la financiación, creación y producción de distintos tipos de obras
audiovisuales, así como las de su distribución, que, como novedad, sólo pueden
recibir los distribuidores independientes de películas iberoamericanas o
europeas, incluidas las españolas, preferiblemente en V.O.
Además, por
primera vez, se recogen las dirigidas a cubrir los gastos que faciliten la
accesibilidad al cine de discapacitados visuales o auditivos, y se contemplan
las ayudas de promoción de la cinematografía en España y en el exterior a través
de festivales; las dirigidas a la formación no reglada y a la conservación de
películas.
En general, estas ayudas tienen un límite máximo general, que
puede alcanzarse o no y que es el del 50% del presupuesto de lo que es objeto de
subvención. En el caso de las películas, existe otro límite máximo, el del 75%
de la inversión del productor.
Las ayudas a los cortometrajes no han variado
prácticamente, pero las películas para televisión recibirán subvención siempre y
cuando tengan desenlace final, no duren más de 200 minutos y puedan emitirse en
dos partes sin perder su carácter unitario.
Las ayudas a la producción de
series de animación, otra novedad, comparten buena parte de su régimen con las
de las películas para televisión, aunque con criterios, cuantías, requisitos y
plazos propios.
Las dedicadas a guión se conciben ahora como el primer
escalón del sistema y sus beneficiarios serán los guionistas, no los
productores, aunque no es indispensable que el guión se transforme en película
para poder cobrar la ayuda.
Las ayudas al desarrollo de proyectos se
destinarán a la búsqueda de localizaciones, casting y gestiones económicas,
entre otros, y el beneficiario deberá iniciar el rodaje en un plazo
determinado.
El límite máximo de la ayuda al proyecto se ha fijado en un
millón de euros, una suma muy importante que deja la puerta abierta a las
producciones de "mucha envergadura".
Una misma película puede obtener la
ayuda al desarrollo, al proyecto y la automática basada en el número de
espectadores, pero, entonces, no podrá optar a la ayuda a la amortización
complementaria.
En todas se introduce un criterio de discriminación positiva
de género y entre dos proyectos con la misma puntuación se dará preferencia al
proyecto dirigido o escrito por una mujer hasta un máximo del 50 por 100 de los
proyectos aprobados.
Todas las películas que se estrenen en salas de cine,
cualquiera que sea su presupuesto, tienen derecho a la ayuda general a la
amortización de largometrajes, lo que se calcula multiplicando el 15% del número
total de espectadores por el precio medio de la entrada en España en el año
anterior.
La cantidad se corrige con un coeficiente por cada espectador que
supera los 35.000, de forma que se "premian" los espectadores a partir de esa
cifra, computando no sólo el de las salas de cine, sino también el de los
festivales, las descargas legales, así como la venta y el alquiler de DVD, en
beneficio así de aquella películas de calificadas "de autor" que se ven en otro
tipo de espacios. El máximo que se puede obtener así es de 800.000 euros.
La
ayuda complementaria está reservada a largometrajes con un coste reconocido
igual o superior a 600.000 euros. Su cálculo se establece en función de un
sistema de puntos, que establece que cada punto es equivalente a 10.000 euros, y
sólo se obtiene ayuda si se logran al menos 6 puntos, basados en los premios en
festivales, si es un documental, si es para niños, si es de animación o
independiente, entre otros.
La orden establece también que el límite máximo
de la ayuda complementaria queda fijado en 1.200.000 €, por lo que, según el
Ministerio de Cultura, "todas las películas pueden llegar a obtener apoyo
público con independencia de su coste, y de su naturaleza más o menos
comercial".