Cuando el 30 de junio de 2005 el Congreso de los Diputados aprobó la ley del matrimonio entre personas del mismo sexo muchos pensaron que la meta se había alcanzado, y ciertamente se trató de un paso muy importante, el primero especialmente significativo para la igualdad del colectivo LGTBI en España, pero se trataba más bien del primer escalón que, con la perspectiva del tiempo, se ha comprobado que era insuficiente para garantizar la igualdad real de todas las familias LGTBI.
Una de las principales carencias que tuvo la Ley 13/2005 es que no contemplaba, más allá del matrimonio, el estatuto familiar de una pareja del mismo sexo. Nada se hablaba de los hijos.
Tuvo que ser la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, la que introdujera una modificación en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, reconociendo por vez primera la doble maternidad en el seno de matrimonios de mujeres. Leer más
Antonia Durán Ayago