El Confidencial
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José Manuel López García
Cartas al Director

El Tribunal de Justicia de la UE obliga a Galicia y a otras seis comunidades a designar más zonas de protección de aves

28-06-2007

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó hoy a España por infringir la directiva comunitaria relativa a la conservación de aves silvestres, al no tener designadas suficientes zonas de protección especial de aves (ZEPA) en Galicia y otras seis comunidades autónomas. Además de Galicia, la sentencia afecta a Andalucía, Canarias, Baleares, Castilla-La Mancha, Cataluña y la Comunidad Valenciana, donde no existen ?territorios suficientes, en número y en superficie? para la protección de aves. Los jueces comunitarios le dieron la razón a la Comisión Europea en el recurso presentado contra España el 4 de junio de 2004, que suponía el último paso de un procedimiento de infracción que ya empezó en el año 2000, cuando la Comisión notificó por primera vez al Gobierno de Madrid que había muy pocas ZEPA designadas en esas siete Comunidades Autónomas. En el caso concreto de Galicia, el Ejecutivo comunitario alegaba que tres de las once Áreas Importantes para la Conservación (IBA, en sus iniciales en inglés) no estaban clasificadas como ZEPA y algunas de las otras sólo parcialmente. La Comisión aseguraba que nuestra Comunidad ?sólo un 10 por ciento? de las áreas importantes de conservación estaban clasificadas como zonas de protección de aves, por lo que había especies insuficientemente protegidas, como el avetoro, el aguilucho cenizo, el águila perdicera, el urogallo, el sisón, el halcón abejero y la perdiz pardilla ibérica. El Tribunal de Justicia de la UE entiende que Galicia y las otras seis autonomías violan la normativa comunitaria que establece que los Estados Miembros deberán aplicar medidas de conservación especiales para determinados tipos de aves, teniendo en cuenta su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y reproducción en su área de distribución. En concreto, esa normativa se refiere a aves que corran peligro de extinción, las que sean más vulnerables a cambios en el ecosistema, las consideradas ?raras? u otras que también requieran una atención particular, como pueden ser las migratorias. La sentencia reconoce que las autoridades de Galicia y Andalucía designaron nuevas ZEPA fuera del plazo dado por el Ejecutivo comunitario, por lo que no se han tenido en cuenta en este proceso. Ha sido el caso, por ejemplo, de los ?humedales de importancia internacional? como el gallego de Corrubedo, según la sentencia. Red Natura Desde la Consellería de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia confían en subsanar el problema este mismo año, con la ampliación de los espacios recogidos en la Red Natura. Según datos de la Consellería, actualmente existen 14 ZEPA en territorio gallego, que se extienden por 71.579 hectáreas. Con la ampliación prevista de la Red Natura se pasaría a 16 ZEPA y un total de 104.473 hectáreas. La sentencia no conlleva multa económica más allá del pago de los costes del proceso a cargo de España, al resultar condenada en el mismo. Ahora las siete Comunidades Autónomas dispondrán de un plazo de algo más de un año para dar cumplimiento a la sentencia. Si transcurrido ese tiempo sigue sin ejecutarse el dictamen de los jueces, la Comisión Europea podría reabrir el expediente e iniciar los trámites para denunciar de nuevo a España ante la justicia comunitaria. Si se produjese un segundo procedimiento de infracción y éste llegase a su fin sin que las Comunidades Autónomas implicadas tomasen las medidas oportunas, las multas para quien siguiese incumpliendo la ley podrían ser muy cuantiosas.





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